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martes, 5 de mayo de 2020

SISTEMA CARCELARIO EN PLENO COVID-19





Nuestro sistema penal acusatorio en Colombia, es garantista y se denota desde el inicio de la legalización de la captura y los subrogados penales en el momento de  que se le definen la situación jurídica; ya en la ley 599 del 2000 en su art 38 nos comenta de la prisión domiciliaria, como mecanismo sustitutivo de la prisión, se da una vez cumplir la mitad de la pena, de igual forma en el art 64 de la misma norma, nos comenta de las 3/5 partes de la pena, con el fin de acceder a la libertad condicional, en el código penitenciario y carcelario ley 65 de 1993 modificado por la ley 1709 del 2014 habla de beneficios por descuento en trabajo, estudio y permiso de la 72 horas. Pero ¿Qué tan garantista es nuestro sistema penal acusatorio? Con el art 68 A de la ley 599 del Dos Mil (2000) Excluye subrogados penales a más de la mitad de los delitos y o hechos punibles contemplados en la ley 599 del Dos Mil (2000), para la época de 22 de marzo de presente año, fue una noche negra, los reclusos a nivel nacional decidieron protestar y de manera aun inexplicable en la cárcel la modelo de la ciudad de Bogotá D.C resultaron 23 muertos, de los cuales ni la presidencia de la república, ni el ministerio de justicia, ni mucho menos el director del inpec, han dado explicación alguna.
Con el fin de calmar a la población carcelaria, después de todos estos malos sucesos, deciden declarar la emergencia carcelaria. Los noticieros de manera irresponsables informan que van a salir en prisión domiciliaria más de Diez mil personas privadas de la libertad. Después de esas noticias, comienzan a sonar nuestro celular de manera constante, uno contesta la llamada y es el reo ¨Dr que ineficiente es, ya escuché en las noticias informaron que procede la prisión domiciliaria, si usted no puede yo la voy a solicitar” de igual comienzan a llamar, la esposa, el hermano, la mama, la abuela, el padrino y todo por culpa de la irresponsabilidad de nuestros medios de comunicación.





Llego por fin el día, el catorce (14) de Abril del presente año, decreto 546 eficiente y ágil, pero una vez leído la retórica de 31 páginas, llegamos a una conclusión es totalmente ineficiente y obsoleto, excluye a todos los delitos del 68 A y solo procede con el hurto cuando este cumple el 40% de la pena, me pregunto ¿Dónde quedaron los diez mil reos en prisión domiciliaria, que informaba las noticias y el gobierno? La realidad es otra, las prisiones domiciliarias transitorias, no superan las 200.
Después del decreto ineficiente y no tener políticas de prevención, llega el covid-19 para ser más precisos en la cárcel de Villavicencio-Meta, comenzó con tres casos de los cuales dos fallecidos por covid-19. En la actualidad hay más de 420 infectados, los guardias temen en contagiarse, pocos controles realizan en los patios como Santander, Colombia y quinta de seguridad. No hay guardias y por fuera de la cárcel esta se encuentra militarizada, los pocos guardias que existen o que cometen el riesgo, les da igual ver a los internos con celulares, prima la vida, los reos se niegan a entrar a las celdas y duermen por fuera del patio, lo informo porque más de un cliente de patio Colombia me avisa dicha situación la cual el real, ya van 3 días en huelga de hambre y el gobierno no muestra atención alguna. El director del inpec comete irregularidades y ordena el traslado de internos de Villavicencio a la cárcel la picota de la ciudad de Bogotá D.C y empiezan los primeros brotes de salud y ya vemos más cárceles contagiadas, hasta la fecha no hay investigación alguna por el director del inpec, el brigadier general Norberto Mujica Jaime el cual es directamente responsable de la salud y vida de los reclusos a nivel nacional.
Nuestros reclusos cada vez más contagiados y fallecidos y el presidente Iván Duque Márquez y la ministra Margarita Cabello Blanco. Son ineficientes en ver medidas y políticas para evitar más contagiados, el decreto es inútil y cada vez desamparados las personas privadas de la libertad y hoy en día el sistema carcelario colapso, toda persona que comete el hecho punible, será definido su situación jurídica en prisión domiciliaria.
Los reclusos a pesar de cometer errores son personas y al ser personas poseen derechos, nuestro sistema penal acusatorio no es tan garante en pleno covid-19. Es lamentable, donde está el derecho internacional humanitario, donde esta las ONG, guardan silencio total.  

FUENTE: Dr: ALEX PARRADO



                                                                                                                 

3 comentarios:

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