Powered By Blogger

miércoles, 21 de octubre de 2020

Declaran la existencia de la relación laboral entre la demandante y proseconsel s.a.s.



La Sala resolvió recurso de casación interpuesto por Proseconsel S.A.S, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario laboral promovido por Gladys Gamarra Dueñas contra la recurrente, con el fin de que se declarara la existencia de un contrato de trabajo entre las partes desde el 20 de agosto de 2008 hasta el 30 de enero de 2015, la asignación a la demandante de funciones secretariales y administrativas durante el tiempo que duró la relación laboral, además de las propias del cargo de poligrafista. En primera y segunda instancia, se condenó a la demandada al pago de prestaciones sociales, aportes a pensión, la indemnización por no consignación de cesantías y la absolvió de las demás pretensiones. Al respecto, la Sala indicó que encontró probado que la demandante prestó sus servicios personales a la demandada de forma continuada e, inclusive, estando acreditado que por tales servicios percibía y una remuneración que en su momento fue denominada honorarios, por lo que acertó el Tribunal al señalar que la relación jurídica de las partes era de naturaleza contractual, y no un contrato de prestación de servicios.

DESCARGA LA SENTENCIA COMPLETA AQUI 

http://190.217.24.13:8080/WebRelatoria/FileReferenceServlet?corp=csj&ext=pdf&file=708194

No hay comentarios:

Publicar un comentario

La acción de tutela no está concebida para deslegitimar, sustituir o reemplazar la labor intelectual de los funcionarios encargados de administrar justicia

Tutelantes endilgaron a la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali la vulneración de su derecho al debido proceso, dentro de la restitución...