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jueves, 24 de septiembre de 2020

Las medidas adoptadas son suficientes y necesarias para garantizar el acceso al agua a los estratos mas bajos durante la declaratoria de la emergencia



 La Corte Constitucional procedió a declarar la exequibilidad del Decreto 528 de 2020 “Por el cual se dictan medidas para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, al entender que el mismo establece cuatro medidas que buscan brindar alivio económico a los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo de estratos 1 y 2 y garantizar la estabilidad económica en el esquema de prestación de dichos servicios; brindar alivios económicos a los usuarios y asegurar la sostenibilidad financiera de los prestadores; siendo suficientes los argumentos dados para modificar la destinación del superávit obrante en el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingreso de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, manteniendo el seguimiento, el control y monitoreo de estos recursos en tanto pertenecen al Sistema General de Participaciones, sustentando la utilización de saldos de los fondos de Solidaridad y Redistribución de ingreso de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, con el propósito de asegurar el acceso al agua potable, lo cual es determinante para mitigar la expansión del virus que dio origen al estado de excepción.

Descargue la sentencia aqui https://www.corteconstitucional.gov.co/sentencias/2020/C-203-20.rtf

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